El paciente es el verdadero
protagonista de la relación médico-paciente. El consentimiento informado busca
enfatizar en el derecho a la información del paciente, para que sea él quien
asuma el riesgo previsto de cualquier decisión terapéutica o procedimiento.
Todas las intervenciones profesionales de los médicos, salvo los casos de
urgencia vital, deben estar precedidas por la autorización del paciente. La
obtención del consentimiento informado es un proceso que va más allá de obtener
una firma sobre un formulario estandarizado.
No existe un tema de mayor
actualidad, en materia de responsabilidad médica, que aquel denominado consentimiento informado del paciente.
Este concepto define el proceso de autorización
que debe anteceder a cualquier actuación terapéutica
en un paciente adulto, consciente y capacitado para auto dirigirse. (1)
Este proceso ha adquirido con el
pasar del tiempo cada vez más importancia, y ha sido sometido a una
construcción histórica que ha permitido grandes avances en el campo de la ética
y también ha generado un empoderamiento en el paciente, haciendolo cada vez mas
protagonista respecto a su salud.
Dentro de la construcción de este
proceso, cabe recalcar principalmente el concepto de dignidad humana, la cual
es uno de los principales fundamentos del consentimiento informado, la que nos
obliga a tratar a nuestros semejantes como a nosotros nos gustaría que nos
tratasen. La dignidad es algo elemental dentro de toda persona y es común a
todo individuo. Así, la dignidad debe ser considerada como el patrimonio propio
de toda persona, la que se opone a toda instrumentalización de un individuo.
(2)
Otro elemento muy importante a
destacar es la autonomía del paciente, la cual está estrechamente relacionada a
la libertad y al poder de decision. Además, el principio de autonomía exige un
trato igualitario de relación profesional con comunicación continua, y con
apoyo emocional a los enfermos y a sus familias, como consecuencia de la
dignidad humana, inseparable de la libertad.
El consentimiento informado en el
aspecto clínico, cumple con los mismos requisitos de base que el consentimiento
en una investigación, pero lo que cambia es el contexto y como debe ser
abordado dentro del mismo.
Una definición dada por el
Colegio de Médicos Americanos es "la explicación a un paciente atento y
mentalmente competente, de la naturaleza de su enfermedad, así como el balance
de los efectos de la misma y el riesgo de los procedimientos diagnósticos y
terapéuticos recomendados, para a continuación solicitarle su aprobación para
ser sometido a esos procedimientos. La presentación de la información debe ser
comprensible y no sesgada. La colaboración del paciente debe ser conseguida sin
coacción y el médico no debe sacar partido de su potencial dominio psicológico
sobre el paciente". (3)
A nuestro parecer, la definición
anterior resume de manera correcta y concisa en lo que consiste este proceso al
cual nosotros en un futuro nos veremos enfrentados de manera constante. Debemos
ser muy responsables con el uso de este recurso, y de esta manera colaborar con
los cambios en materia de Salud que la sociedad actual necesita. Todos los dias
nosotros nos veremos enfrentados a la realización de procedimientos
terapeuticos, algunos en situaciones mas complejas que otras y que sin duda
alguna nos plantearán desafios morales importantes. Sin embargo, no debemos
olvidar que lo que prima en este proceso es la autonomía del paciente y que no
somos nadie para pasar a llevar las decisiones tomadas por individuos libres y
competentes.
Para finalizar, no cabe mas que
recalcar todos los puntos anteriormente mencionados, especialmente el hecho de
que estamos tratando con personas y que por ese simple hecho son merecedoras de
un trato digno, justo y respetuoso de su libertad
BIBLIOGRAFÍA
(1) Ana María De Brigard Pérez.
Consentimiento informado del paciente. 2004; Available from:
http://www.scielo.org.co/scielo.php?script=sci_arttext&pid=S0120-99572004000400009
(2)
Miguel Lugones Botell LAPG y MGH. Consentimiento informado. 2005; Available
from:
http://scielo.sld.cu/scielo.php?script=sci_arttext&pid=S0864-21252005000500019
(3)
Miguel Lugones Botell LAPG y MGH. Consentimiento informado. 2005;
Available from:
http://scielo.sld.cu/scielo.php?script=sci_arttext&pid=S0864-21252005000500019
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